La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha declarado nula la Orden 15/2022, que modifica la Orden 11/2014, por la que se determinan los regímenes de prestación de servicio y jornada y horarios de la Guardia Civil.
Este texto fue recurrido porque incumplía las directivas europeas en cuanto al tiempo de cálculo de la jornada de trabajo de los guardias civiles del Servicio Marítimo. Se les computaban 15 horas de trabajo por cada 24 embarcados en las patrulleras que prestan servicio de vigilancia y control en las costas españolas.
Además, JUCIL recurrió la orden al entender que había sido tramitada de forma inadecuada al haber omitido trámites esenciales, como la elaboración de una Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), con un análisis de género incluído, y el impacto que su aplicación tendría para el personal del servicio marítimo y para sus familias. Tampoco se sometió a consulta pública.
En el fallo se establece que la conclusión que procede “es la anulación” de la orden impugnada “por insuficiencia y falta de motivación”. Por otro lado, esto no impide que la Administración inicie los trámites “para dictar la Orden que proceda, pero por los cauces correspondientes y, en particular, con la debida MAIN, motivando en su caso y con los estudios de impacto necesarios para abordar una reforma como la pretendida”.




