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El Supremo anula el traspaso de competencias de tráfico de la Guardia Civil a Navarra

Es una competencia no reconocida en su ley ni amparada en su derecho histórico

El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto que traspasaba a la Comunidad Foral Navarra las competencias de tráfico y circulación de vehículos a motor y el acuerdo complementario de la Guardia Civil. La Justicia, que ha estimado el recurso de la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL), concluye que una norma como esta no puede utilizarse porque se trata de una competencia que ni está reconocida en su ley ni amparada en su derecho histórico.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo si que puntualiza que podrían ser competencia de Navarra si se reforma la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA) o a través de una Ley Orgánica, enmarcada en el artículo 150.2 de la Constitución. Ambos supuestos requieren la aprobación por mayoría absoluta de las Cortes y no una simple aprobación en el Consejo de Ministros.

Los magistrados destacan que la LORAFNA, el equivalente a un Estatuto de Autonomía, no incluye un título competencial en el que se enmarquen las funciones que desempeña la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Por otro lado, el texto recoge que Navarra “ejerce una competencia concretada en funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil” aunque en la propia Ley foral no se encuentra recogida la competencia y la Policía Foral realiza una función subordinada de la Benemérita.

El traspaso se anunció el año pasado por la presidenta autonómica, María Chivite. Era uno de los compromisos adquiridos por el presidente del Gobierno con EH Bildu. Esto suponía sacar de Navarra a los casi 140 agentes de la Unidad de Tráfico.

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