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248 plazas para ser Policía Municipal en Madrid

El Ayuntamiento de la capital ha incorporado durante los últimos cuatro años más de 1.300 agentes

En la Resolución de 29 de noviembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid se han convocado 248 plazas para Policía Municipal mediante el proceso de concurso-oposición. El tiempo de presentación de instancias ha comenzado este lunes y estará abierto durante 20 días hábiles, hasta el miércoles 10 de enero.

De esas 248 plazas, 39 salieron en la Oferta de Empleo Pública del Ayuntamiento de 2021,y las 209 restantes a la de 2022. Asimismo, 50 están reservadas para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería.

El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de 22 de noviembre de 2023. Las plazas convocadas corresponden al Grupo C, Subgrupo C1. 

Os recordamos los requisitos básicos para opositar:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Ser mayor de edad (18 años).
  • Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico/a o equivalente expedido con arreglo a la legislación vigente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de éste. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. 
  • Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones y el compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley mediante declaración jurada o promesa.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad sexual y tampoco haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
  • Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley mediante declaración jurada o promesa. 
  • No haber sido condenado/a por sentencia firme por ningún delito contra la libertad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1. de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá ser obtenido y acreditado antes de la finalización del curso selectivo de formación. No obstante, durante el procedimiento, el Tribunal Calificador puede pedir que se acredite alguno de ellos. De no cumplirse alguno de ellos, esa persona quedará excluida del proceso selectivo.

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