El Tribunal Supremo vuelve a sentar jurisprudencia acerca de las pruebas de ingreso a la Policía Nacional al estimar el recurso de una opositora que denunció un «trato discriminatorio» al tener que presentarse al test psicotécnico junto con opositores de la convocatoria en curso en ese momento. Es decir, tuvo que presentarse con la nota de corte de su oposición de origen y, al aumentar la dificultad de la misma en la segunda ocasión, fue declarada NO APTA.
En su escrito, alega que la diferencia de un punto y medio entre la nota de corte de cada oposición denota que la Administración había diseñado “una prueba psicotécnica de elevada dificultad» para evitar la ejecución de las sentencias favorables de un gran número de aspirantes y que, a la postre, supuso dejar sin plaza a muchos de ellos a pesar de haber obtenido más nota que los opositores de ese año.
Esa decisión estaba amparada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin embargo, el pasado marzo el propio Alto Tribunal acordó que los opositores que tengan que repetir alguna de las pruebas del proceso se examinen con la nota de corte del año en curso.
En el fallo que hemos conocido ahora, el TS reconoce que es “incuestionable” que la complejidad de las pruebas “es una variable con incidencia directa en la calificación” y señala que la prueba psicotécnica “tiene por finalidad medir la inteligencia general del aspirante en relación con las funciones de la categoría de Policía, por lo que no debería haber diferencias sustanciales entre los test realizados«, amparándose en el derecho a la igualdad de todos los opositores.
Reseña también que no hay actuaciones que puedan explicar ese aumento en la nota tan elevada y queda acreditado que la dificultad no fue la misma. Esta nueva decisión del Alto Tribunal, además de sentar jurisprudencia, afecta de forma directa a más de 200 opositores de las promociones de 2017, 2018 y 2019 que ahora podrán ampararse en este fallo para futuras promociones.




